lunes, 6 de junio de 2011

APROBADA LA REGULACIÓN DEL ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGADO Y PROCURADOR

  • El reglamento mejorará la formación de abogados y procuradores, y su objetivo principal es garantizar a los ciudadanos una mejor defensa jurídica de sus derechos.
El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante un Real Decreto, el Reglamento de la Ley sobre acceso a las profesiones de abogado y procurador de los Tribunales, de 30 de octubre de 2006.
La norma tiene como objetivo principal mejorar la capacitación profesional de abogados y procuradores, con el fin de que los ciudadanos tengan garantizado un asesoramiento, una defensa jurídica y una representación técnica de mayor calidad.
Para alcanzar este objetivo, la Ley establece un sistema de formación basada en la excelencia con tres pilares básicos: realización de un curso formativo específico, desarrollo de un periodo de prácticas y, en tercer lugar, una prueba para la evaluación de la aptitud profesional.
En la elaboración del Reglamento, además de los ministerios proponentes (Justicia y Educación), han participado representantes de las universidades y facultades de Derecho, de la abogacía y la procura institucional, y se ha tenido en consideración la opinión de estudiantes de enseñanzas jurídicas.
Los aspectos más relevantes son los siguientes:
  • Acceso. Quienes deseen realizar el curso deberán estar en posesión de un título universitario que acredite determinadas competencias jurídicas, que se indican en el Real Decreto, y que se consideran adquiridas por los licenciados o graduados en Derecho.
  • Duración y contenido. Los planes de estudio de los cursos formativos deberán comprender sesenta créditos ECTS dirigidos a proporcionar las competencias profesionales necesarias para el ejercicio de la abogacía y de la procura, conforme a unos estándares de calidad homologables con los países de la Unión Europea.
  • Organización. Los cursos podrán ser impartidos:
1) Por Universidades, en el marco de las enseñanzas para la obtención de un título oficial de master universitario, incluso combinando créditos pertenecientes a distintos planes de estudios de títulos oficiales de posgrado, lo que facilita la especialización.

2) Por Escuelas de Práctica Jurídica, creadas por los Colegios de Abogados y homologadas por el Consejo General de la Abogacía.
3) Conjuntamente por las Universidades y las Escuelas de Práctica Jurídica.
  • Excelencia. Los cursos de formación deben estar acreditados por los Ministerios de Justicia y Educación conforme a criterios homogéneos de excelencia.
  • Universalidad. La oferta formativa será asequible para los estudiantes, quienes tendrán en todo caso garantizado su derecho de acceso a la formación para el ejercicio profesional mediante el otorgamiento de becas, específicamente dirigidas a realizar los másters universitarios.
  • Prácticas externas. Las prácticas supondrán treinta créditos adicionales a los de los cursos formativos. Serán tuteladas por abogados o procuradores que hayan ejercido la profesión, al menos, durante cinco años y se desarrollarán, total o parcialmente, en juzgados o tribunales, fiscalías, despachos profesionales, instituciones oficiales o empresas. Además, siempre que las prácticas consistan en actividades propias de la abogacía o de la procura, podrán también desarrollarse en establecimientos policiales, centros penitenciarios o entidades que desarrollan actividades de interés general.
Mediante el nuevo sistema de formación, los futuros abogados y procuradores españoles se situarán al mismo nivel de capacitación profesional de sus homólogos europeos, con quienes podrán competir en situación de igualdad en el contexto de un mercado de libre prestación de servicios.

martes, 24 de mayo de 2011

Ley de reforma del Arbitraje

Ley Orgánica 5/2011, de 20 de mayo, complementaria a la Ley 11/2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración General del Estado para la modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.

Ley 11/2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y de regulación del arbitraje institucional en la Administración General del Estado

domingo, 22 de mayo de 2011

Congreso Internacional de la Abogacía Joven

Por si es de vuestro interés, os informamos sobre el Congreso Internacional de la Abogacía Joven, que tendrá lugar en Barcelona, los días 16, 17 y 18 de junio el Congreso Internacional de la Abogacía Joven de la European Young Bar Association (EYBA), asociación europea de los abogados jóvenes.

EYBA representa los intereses de más de 200.000 abogados jóvenes alrededor de toda Europa y está considerada como una de las asociaciones de abogados jóvenes más relevantes del panorama internacional; convirtiéndose dicho Congreso es un fórum de opinión abierto en el que se debate en lengua inglesa, se profundiza y se acuerdan conclusiones sobre los temas de actualidad jurídica y de interés para la abogacía joven.
La participación al Congreso permitirá a los jóvenes abogados abrirse a los diferentes ordenamientos jurídicos europeos ampliando sus conocimientos de derecho comparado de manera interactiva para así poder respuesta a las necesidades de expansión de nuestros clientes y poder entender asimismo los contratos y negocios jurídicos de los clientes internacionales que desembarcan en nuestro país.

http://jovenesabogadosalbacete.blogspot.com/

EXTREMADURA ABRE PASO A LA SANIDAD PÚBLICA GRATUITA A TODOS LOS ABOGADOS

El pasado 7 de abril se aprobó la Orden por la que se regula el procedimiento de obtención de la Tarjeta Sanitaria en el ámbito de Extremadura, que da acceso a la asistencia sanitaria pública gratuita a los abogados y demás profesionales de esa Comunidad Autónoma que, por no estar afiliados a la seguridad social, no tenían reconocido su derecho.


Para la obtención de la tarjeta sanitaria, los abogados que utilicen a la Mutualidad como sistema de previsión alternativo al régimen de autónomos, deberán presentar un documento acreditativo de su afiliación a la misma. La Mutualidad ya se ha puesto en contacto con los Colegios de Badajoz y Cáceres para agilizar al máximo la obtención del certificado de pertenencia a la Mutualidad, que también esta disponible en su página web www.mutualidadabogacia.com.

Esta medida se suma a las ya aprobadas en Cataluña, Galicia y más recientemente en Castilla-León que, de una manera total en el primer caso y parcial en el resto, reconocen el derecho de los abogados al acceso a la sanidad pública de manera gratuita.
http://www.jovenabogadocr.blogspot.com/

NUEVO REGLAMENTO DE EXTRANJERÍA

El pasado 30 de abril se publicó el nuevo Reglamento de Extranjería, Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009, que entrará en vigor en dos meses.

http://www.boe.es/boe/dias/2011/04/30/pdfs/BOE-A-2011-7703.pdf